Solicita Síndico de SCLC, Miguel Ángel de los Santos, revocar concesión de agua a la coca-cola
· El Síndico solicitó a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) revocar la concesión de aprovechamiento de agua que le ha sido otorgada a la “Inmobiliaria del Golfo S.A. de C.V.”, razón social utilizada por Coca-Cola FEMSA en Chiapas.
San Cristóbal, 01 de mayo del 2020.- El pasado día 26 de marzo del presente año, el Síndico Municipal Miguel Ángel de los Santos Cruz, envió comunicación oficial a la titular de la Comisión Nacional del Agua, Doctora Blanca Elena Jiménez Cisneros, así como al Director del Organismo de Cuenca Frontera Sur de la CONAGUA, Licenciado Francisco Zebadúa Alba, la revocación de la concesión otorgada a la empresa Coca-Cola FEMSA para aprovechar el agua del subsuelo en el municipio.
La comunicación presentada se justifica en los efectos negativos de los refrescos en la salud, pone en riesgo el abasto del vital líquido, así como en los graves daños colaterales relacionados con el consumo de refrescos, como son la diabetes, obesidad, hipertensión, caries, entre otros. “La cancelación de la concesión se solicita a fin de dar prioridad a las necesidades de la población sancristobalense sobre el uso comercial e industrial, en virtud de que nuestro municipio sufre de escasez de agua. Con independencia de que no existan datos actualizados y precisos sobre el aprovechamiento que del vital líquido realiza la empresa, sí tenemos precisión de la carencia de agua en el municipio, puesto que cada vez son más los barrios y colonias que no disponen de agua.”
Actualmente San Cristóbal de Las Casas cuenta con una población aproximada de 209, 591 habitantes, y el Organismo Operador, el Sistema de Agua Potable y Alcantarillado Municipal (SAPAM), reporta un consumo aproximado de agua de 10, 688, 520, 000.00 L. (diez mil seiscientos ochenta y ocho millones, quinientos veinte mil litros) al año en la ciudad; así mismo manifiesta no contar con el líquido suficiente para proveer el flujo continuo y constante de agua a los hogares, recibiendo múltiples quejas por la falta de disponibilidad y suministro de agua, por lo que es evidente la imperiosa necesidad de contar con la cantidad suficiente y disponible de este vital líquido para satisfacer su creciente demanda.
Es nuestra expectativa que el organismo federal con facultades para otorgar las concesiones sobre aprovechamiento de agua, revise la solicitud presentada en el marco de las disposiciones en materia de derechos humanos, considerando los principios precautorios y de prevención previsto en la legislación nacional e internacional y claramente reivindicados en las decisiones de los organismos que protegen los derechos humanos, así como en los casos analizados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Además deberá analizarla, teniendo en cuenta los estudios sobre disponibilidad del agua en la región, privilegiando el aprovechamiento para el consumo humano.
El Síndico municipal cuenta entre sus principales atribuciones y obligaciones, previstas en el artículo 58 de la Ley de Desarrollo Constitucional en materia de Gobierno y Administración Municipal, la de “procurar, defender y promover los intereses del municipio”, razón por la cual, la solicitud presentada representa un imperativo legal, dadas las consecuencias en la población generadas por la concesión otorgada.