25 August 2018 Written by 

Sala Regional Xalapa confirma triunfo de Jerónima Toledo en SCLC

Sala Regional Xalapa confirma triunfo de Jerónima Toledo en SCLC

·        Además, en la sesión revocó la sentencia del TEECH respecto de la elección en Rincón Chamula San Pedro.

25 de agosto de 2018.- En la sesión pública de resolución de este día, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó los resultados de las elecciones para integrantes del ayuntamiento de San Cristóbal de Las Casas, ratificando de esta forma el triunfo de Jerónima Toledo Villalobos como presidenta electa.

De igual forma ratifico el triunfo de los municipios de Ángel Albino Corzo, Mapastepec, Cacahoatán y Amatán, todos ellos del estado de Chiapas. Lo anterior, al resolver los juicios ciudadanos 647, 663 y sus acumulados 679 y 680; 684, 685 y su acumulado 686.

Los magistrados de la Sala confirmaron las elecciones antes señaladas al desestimar los agravios formulados con la pretensión de modificar los cómputos municipales, o bien, revocar las declaraciones de validez de las elecciones, así como la entrega de las constancias de mayoría a los candidatos ganadores.

 

Así mismo, la Sala Regional Xalapa del TEPJF revocó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (TEECH) que modificó los resultados del cómputo municipal de la elección de integrantes del ayuntamiento de Rincón Chamula San Pedro, y confirmó la validez y el otorgamiento de la constancia de mayoría a favor de la planilla postulada por el Partido Verde Ecologista de México.

 

Al resolver el juicio ciudadano 648 y el juicio de revisión constitucional electoral 210, promovidos por Reynaldo Girón Bautista y el Partido Nueva Alianza, respectivamente; la Sala Xalapa determinó como fundado el agravio respecto de la falta de exhaustividad y congruencia de la sentencia del TEECH, en razón de que fue omiso en pronunciarse sobre las inconsistencias que se suscitaron durante la jornada electoral, para determinar si se acreditaban o no las causales de nulidad recibida en casilla o de nulidad de la elección invocadas. Así como que, al hacer la modificación del cómputo, no advirtió si se encontraba ante una situación ordinaria o bien, si debía analizar detalladamente la certeza de la documentación electoral que obraba en el expediente.

 

Aunado a que, fue omiso en revisar las diversas pruebas técnicas presentadas por el Consejo Municipal, el Instituto Electoral local y los actores.

 

En consecuencia, se ordenó al Tribunal Electoral del Estado de Chiapas emitir una nueva resolución, en la que se pronuncie sobre los planteamientos de los actores relacionados con la certeza de la documentación electoral y, a su vez, analice todas y cada una de las pruebas aportadas.

 

En la sesión pública de resolución de este viernes 24 de agosto de 2018, se resolvieron 27 medios de impugnación: trece juicios ciudadanos, dos juicios electorales, ocho juicios de revisión constitucional electoral y cuatro recursos de apelación.

Jorge Pinto

Director General del Diario Acontecer Chiapaneco.

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