31 August 2017 Written by 

Prohíbe Suprema Corte licencias forzosas de diputados y alcaldes para reelección

Prohíbe Suprema Corte licencias forzosas de diputados y alcaldes para reelección

 

ReporteSanCristóbal, 30 de agosto de 2017.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló por unanimidad una fracción del artículo 218 de la Ley Electoral del estado de Yucatán, que establece que los diputados propietarios o suplentes podrán ser reelectos para el periodo inmediato, sin requerir licencia para separarse del cargo. Al tiempo de invalidar la obligación de separarse del cargo 120 días antes de las elecciones para el Presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política del Congreso local, así como para los integrantes de ayuntamientos.

 

Así, los diputados locales e integrantes de ayuntamientos que busquen su reelección no pueden ser obligados a separarse de sus cargos antes del proceso electoral, algo que algunas entidades habían establecido ya en su legislación en la materia. Actualmente, se establece en la Constitución que los diputados locales pueden ser reelectos hasta en cuatro ocasiones, mientras que los miembros de ayuntamientos sólo pueden ser reelectos en una ocasión consecutiva.

 

Al respecto, el Ministro Arturo Zaldívar señaló que "en la lógica de la reelección está el que la ciudadanía valore el trabajo de los legisladores y me parece, desde un punto de vista no sólo razonable sino obvio, que no se separen del cargo, porque explícitamente eso es lo que se está valorando por parte de la ciudadanía en un sistema de reelección", dijo.

 

 

A su vez, la Ministra Margarita Luna Ramos había planteado invalidar el no requisito de licencia previa, pues obligar a la separación del cargo podría provocar escenarios extremos, como por ejemplo, la sustitución de todos los diputados del Congreso cuatro meses antes de los comicios, si es que todos pretenden la reelección.

Jorge Pinto

Director General del Diario Acontecer Chiapaneco.

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